lunes, 2 de julio de 2012

Sobre el término "manga" propuesto para la vigésima tercera edición del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española

Hace unas semanas se inició una queja popular en el que los aficionados al manga, españoles y latinoamericanos, mostraban su rechazo a la definición que el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (DRAE) proponía para su vigésimo tercera edición.

Por ejemplo, de acuerdo al sitio elpericodico.com (ver aquí), se señalaba que el manga era un "género de cómic de origen japonés, de dibujos sencillos, en el que predominan los argumentos eróticos, violentos y fantásticos". Encasillando equivocadamente las temáticas de la historieta japonesa.

Sin embargo, visitando el sitio oficial del DRAE, vi esta definición:

Avance de la vigésima tercera edición

manga3.

(Del jap. manga).

1. m. Cómic de origen japonés.

2. m. Género correspondiente al manga.

3. adj. Perteneciente o relativo al manga. Videos, estética manga.


Asumo que, a partir de los reclamos públicos, la Academia corrigió su error original o, en el peor de los casos, todo fue un escándalo innecesario tomando en cuenta que la edición del diccionario todavía estaba en construcción.

El diccionario, de relevancia internacional, que sí tiene una definición de manga es el Diccionario de la Universidad de Oxford. Dice así:

Pronunciation: /ˈmaNGˌga/
noun

a Japanese genre of cartoons, comic books, and animated films, typically having a science-fiction or fantasy theme and sometimes including violent or sexually explicit material. Compare with anime.

Origin:

Japanese, from man 'indiscriminate' + ga 'picture'

La definición alude al material violento y/o sexual presentado en forma explícita algunas veces en el manga. Este algunas veces es el recurso que utilizan para no encasillar a la historieta japonesa. Sin embargo, creo que es innecesaria pues predispone erróneamente a ver al manga como una forma de expresión japonesa orientada a dichos contenidos.

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